ÚNICO sitio web INTERNACIONAL oficial de la Santa Sede en el Exilio, de Su Santidad el Papa Alejandro IX.

domingo, 18 de febrero de 2007

Carta encíclica Omnis Immundus - León XIV



Carta Encíclica

OMNIS IMMUNDUS

De nuestro Santísimo Señor
León XIV
Siervo de los Siervos de Dios,
por la Divina Providencia
a los Patriarcas, Primados, Cardenales, Arzobispos, Obispos

y otros ordinarios en Paz y comunión con la Sede Apostólica.


   Todos los inmundos apostatas, todos los pérfidos herejes y dem&aacut= e;s despreciables a los ojos de Dios no pueden ser bien vistos a los ojos de esta, Santa, Católica y Apostólica Iglesia, fuera de la cual no hay salvación ni remisión de los pecados. Estos pérfidos han reclamado, desde la época de Juan Escoto Eríugena el derecho a la libertad de expresión, a la libertad de poder difundir sus ideas sin necesidad de ningún control, de ninguna censura. Satanás utilizó la imprenta para propagar la herejía e Martín Lutero, de la misma manera que luego al cine para películas anticatólicas como “La última tentación de Cristo” y ahora “El Código Da Vinchi”, cuyo libro hemos ordenado incluir en el Index.
    Esta pretendida libertad no es otra más que la “libertad para  la perdición” de la que habló en su momento nuestro Predecesor de Gloriosa Memoria, San Gregorio XVI. Rechazamos esta libertad como debemo= s rechazar todas y cada una de las libertades masónicas que fueron creadas por la mente de Lucifer para obnubilar a los hombres y así conducir sus almas al fuego ardiente.
    Sabiendo además que los recientes acontecimientos sufridos por la Iglesia Católica Remanente con el cisma que trató de iniciar (pero que a Dios gracias no dio frutos) el Padre Sebastián Fernández han dejado a muchos dolidos y aortos confundidos es que hemos decidido dirigir a todos los católicos esta, nuestra cata encíclica.
    En primer lugar, os exhortamos a la lectura continua del Catecismo de la Iglesia Católica, el de San Pio X en tanto que el Catecismo Oficial de la Iglesia Remanente continua en elaboración y será editado (Dios mediante) para el mes de diciembre del año 2007 de Nuestro Señor Jesucristo.
    En segundo lugar, leed y releed el Magisterio de la Iglesia, repasar todas nuestras cartas, nuestras encíclicas, nuestras bulas, nuestros decretos; orad a Santa María Virgen para que vuestra fe no desfallezca y pedida los San Joaquín Molla, San Julio Teccari y San Rafael Gorriti, mártires que oren por vosotros a Nuestro Señor Jesucristo.
    En tercer lugar, disponemos por esta nuestra carta, extender a todo el clero de la Iglesia Católica Apostólica Remanente, pertenezca o no a la Orden de Nuestra Señora de la Compasión, el no poseer ninguna cuenta de correo electrónico más que aquellas que sean otorgadas y permitidas por el Superior de Distrito o por Nuestra Autoridad. Nos, León XIV; autorizaremos las de los obispos y estos darán autorización a= los sacerdotes sometidos a su jurisdicción; empero, todas y cada una de estas cuentas de correo deben poder ser revisadas por Nuestra Autoridad en cualquier momento. Por esto mismo disponemos que:
a)    El Cardenal Secretario de Estado se ponga en contacto con todos nuestros sacerdotes a fin de que estos, con un plazo máximo de diez días contando desde la publicación de esta, Nuestra Encíclica, cierren cualquier casilla de correo electrónico.
b)    Se nombre, únicamente por Nuestra Autoridad, a un Prefecto para el Correo del Clero, el cual se encargará de crear tantas casillas de correo electrónico como Nos consideremos necesarias. Por el momento y hasta que Nos lo creamos convenientes, se podrán unicamente crear una por cada distrito, debiendo todos los sacerdotes compartir el mismo correo electrónico, sin revisar el de los demás.
c)    Que toda comunicación con organizaciones exteriores a la Iglesia Católica Remanente deban ser aprobadas por Nuestra Autoridad.
d)    Que cualquier miembro de la Orden de Nuestra Señora de la Compasión o cualquier sacerdote, obispo o si quiera un hermano de Nuestra Iglesia rompiera las disposiciones aquí contenidas, sea excomulgado.
 
    Os recordamos especialmente que, si alguno (no quiera Dios) rompiera las ordenes aquí contenidas, se condena opr su propio juicio y queda excomulgado ipso facto, y de ser descubierto podrá ser juzgado por nuestra autoridad.
    Queridos hermanos, en esta época apocalíptica os recordamos que debeis ser fuerte en la fe y sumamente disciplinados, sometidos a nuestra Autoridad, no por deseos nuestros, sino porque esa es la voluntad de Dios.
 
León XIV. PP.
Dado en el Palacio Apostólico= de Moreno,
A los 18 días del mes de Febr= ero.
Primero de Nuestro Pontificado.




[1][1] Mt 16, 18.
[1][2] Jn 8, 32.
[1][3] I Cor 15, 22.
[1][4] Jn 21, 27.
[1][5]= “Pernicioso Escándalo”.
[1][6]= Cfr. Is 6, 13; 4, 4 ss.


No hay comentarios: